¿Qué es un PPR y por qué debería importarte?
Un Plan Personal de Retiro es un instrumento de ahorro que te permite dos cosas: acumular dinero para tu retiro y pagar menos impuestos hoy. Así de directo.
Los números de 2026
El Art. 151 de la Ley del ISR te permite deducir tus aportaciones al PPR con estos límites:
- Tope de deducción: 10% de tu ingreso anual acumulable
- Límite máximo absoluto: 5 UMAs anuales = $206,480 MXN (UMA 2025: $113.14/día)
- Aplica la cantidad menor entre tu 10% y el tope de UMAs
- Adicional Art. 185: puedes deducir hasta $152,000 MXN más en cuentas especiales de ahorro (CEA)
- Total deducible combinado: hasta $358,480 MXN al año
Si ganas $250,000 MXN mensuales ($3 millones al año), tu deducción máxima por Art. 151 es $206,480 MXN. Súmale $152,000 del Art. 185 y estamos hablando de $358,480 deducibles. Eso puede representar un ahorro fiscal de $100,000+ MXN al año, dependiendo de tu tasa marginal de ISR.
¿Cuánto rinden?
Con productos Prudential (Personaliza Pru), los rendimientos proyectados son*:
| Fondo | Tasa proyectada | Tasa garantizada |
|---|---|---|
| Fondo Base | 3.5% UDI (~8.16% MXN) | 1.0% UDI |
| Fondo Adicional | 2.5% UDI (~7.11% MXN) | 1.0% UDI |
Esto es competitivo frente a AFOREs y otros instrumentos de mercado. La ventaja es que combinas el rendimiento con protección de vida y el beneficio fiscal.
*Rendimientos proyectados, no garantizados. La tasa garantizada es de 1% UDI. El rendimiento real depende del comportamiento del mercado.
Art. 93: el beneficio que pocos conocen
Cuando retiras tu PPR después de los 65 años, los primeros 15 UMAs diarias de tu retiro están exentos de ISR. Es un segundo beneficio fiscal que se suma a la deducibilidad de las aportaciones.
¿Quién NO puede deducir un PPR?
Si estás en RESICO (Régimen Simplificado de Confianza), no puedes hacer deducciones personales, incluyendo el PPR. Es un punto importante que pocos asesores mencionan.
Regla de retiro anticipado
Si retiras antes de los 65, el SAT te cobra 20% de ISR sobre el monto total retirado. No sobre la ganancia, sobre todo. Eso puede borrar el beneficio fiscal que obtuviste al aportar. La conclusión es clara: este dinero es para tu retiro.
¿Para quién sí conviene?
- Personas físicas con actividad empresarial o asalariados
- Ingresos anuales arriba de $800,000 MXN (donde el beneficio fiscal se nota)
- Quien ya tenga resuelto su fondo de emergencia y su protección base
Si quieres que armemos tu proyección, agenda una llamada.
